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INFORMACIÓN RELATIVA A LAS MEDIDAS ADOPTADAS POR EL GOBIERNO DE ESPAÑAEN EL REAL DECRETO-LEY 8/2020.

PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA POR CESE DE ACTIVIDAD PARA LOS AFECTADOS POR LA DECLARACIÓN DEL ESTADO DE ALARMA PARA LA GESTIÓN DE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA COVID-19

 

INFORMACIÓN RELATIVA A LAS MEDIDAS ADOPTADAS POR EL GOBIERNO DE ESPAÑAEN EL REAL DECRETO-LEY 8/2020.

Zaragoza, a 18 de marzo de 2020.

 

Estimados clientes,

Hoy ha sido publicado el RD-Ley 8/20202 de medidas urgentes extraordinarias.

El artículo 17 establece la posibilidad de solicitar una PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA POR CESE DE ACTIVIDAD a los autónomos que se vean afectados, que se resumimos a continuación:

¿Quién puede solicitarla?

Autónomos cuyas actividades hayan sido suspendidas: comercios (excepto alimentación), peluquerías, hostelería…etc.

Autónomos cuyas actividades NO hayan sido suspendidas, pero cumplan el requisito de que su facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida, al menos, en un 75% en relación con el promedio de facturación del semestre anterior.

¿Qué requisitos hay que cumplir?

Afiliado y en alta

 En el caso de actividades NO suspendidas, acreditar la reducción de la facturación.

Encontrarse al corriente en el pago de las cuotas de la Seguridad Social. En el caso de que no se esté al corriente la TGSS invitará al pago al trabajador autónomo.

¿Cuánto dura la prestación?

Un mes, ampliándose hasta el último día del mes en el que finalice el estado de alarma.

Otras consideraciones:

 La percepción es INCOMPATIBLE con cualquier otra prestación del sistema de Seguridad Social.

IMPORTANTE:

No podemos todavía proceder a la solicitud de la prestación:

  • En el caso de ACTIVIDADES SUSPENDIDAS, la Administración NO tiene todavía articulados los procedimientos, que, lo más probable deberán efectuarse telemáticamente.
  • En el caso de ACTIVIDADES NO SUSPENDIDAS, no se cumplen todavía los requisitos para poder acceder a la ayuda.

Desde la asesoría estamos pendientes de las ayudas y los procedimientos para solicitarlas y os mantendremos informados.

Os recordamos que seguimos a vuestra disposición para todas las consultas en nuestros correos electrónicos habituales y en nuestros números de teléfono, tanto fijo como móviles.

Deseamos que la situación pueda normalizarse lo antes posible.

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